Caso de la incautación de la desaladora

La Fiscalía rechaza el archivo de la causa pedido por San Ginés y aprecia "sobrados indicios"

El presidente del Cabildo y el ex gerente del Consejo de Aguas, José Juan Hernández Duchemín.
Diario de Lanzarote 4 COMENTARIOS 24/10/2017 - 10:51

La Fiscalía ha rechazado el archivo de la causa por la incautación de la planta desaladora de la urbanización Montaña Roja, solicitado por la defensa del presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, y concluye que existen "sobrados indicios de la comisión" de "hechos aparentemente constitutivos de un delito contra la Administración pública y un delito de coacciones".

La defensa de San Ginés ha solicitado el sobreseimiento de la causa y recurrido en apelación el auto del juez Jerónimo Alonso que dio por concluida la investigación y declaró abierta la fase de procedimiento abreviado. La decisión está en manos de la Audiencia Provincial.

En el recurso de apelación, según se recoge en el escrito de la fiscal Celia María Asensio, la defensa del presidente del Cabildo destacó que la Audiencia Provincial aceptó en julio la práctica de nuevas diligencias pedidas por la defensa. Unas diligencias sobre las que, añade, "no se hace referencia" en la resolución que dio por finalizada la instrucción del caso.

La defensa de San Ginés también argumentó que el juez no mencionó "otras diligencias de carácter exculpatorio", como un requerimiento del Diputado del Común de julio de 2014 en relación con la venta de agua en la urbanización.

Además, consideró que el auto del juez adolecía de "falta de motivación" y carecía del "contenido mínimo", así como que existía una "acusación sorpresiva" del delito de coacciones, sobre el que "no fue interrogado", y que en cuanto al delito de prevaricación, no se daban "en su conducta" los "elementos del tipo" penal.

En cambio, la fiscal recalca en su respuesta al recurso de apelación que el auto del juez Jerónimo Alonso efectúa una "extensísima relación" de los hechos que han sido objeto de investigación, "aparentemente punibles".

Además, señala que las diligencias solicitadas por la defensa del presidente del Cabildo "no tienen influencia alguna" en la causa porque "todas ellas están dirigidas a acreditar que, con carácter previo" a la incautación de la planta desaladora, "por parte de Club Lanzarote se venía produciendo y vendiendo agua ilegalmente".

Para la fiscal, esa "circunstancia" resulta "irrelevante" y hace hincapié en que la resolución del Consejo Insular de Aguas acordando la incautación "se dictó sin contar con el dictamen jurídico previo escrito sobre la viabilidad de la medida".

Diligencias sin "relevancia"

Además, añade la fiscal, "acordó la incautación si dar audiencia a los interesados", a pesar de tratarse de una "medida extrema y excepcionalmente gravosa, no prevista por la normativa sectorial aplicable y sin que se justificara de ninguna manera la insuficiencia o inadecuación de otras medidas menos lesivas para la finalidad perseguida".

También subraya que la incautación fue ejecutada "sin contar con autorización judicial y contra la oposición de los representantes" de la empresa. De ahí que la "conducta", según la Fiscalía, "sea indiciariamente constitutiva de los delitos de prevaricación y coacciones".

Sobre esos hechos, añade, habrá de "referirse la prueba que se practique en el juicio oral" puesto que "carecen" de "relevancia" las diligencias relativas a la "conducta de Club Lanzarote" antes de producirse la incautación, toda vez que no es" el "objeto del proceso".

Sobre la "acusación sorpresiva"

En cuanto a la "acusación sorpresiva" de presuntas coacciones, la Fiscalía apunta que San Ginés "fue interrogado, al declarar ante el juez instructor, acerca de los mismos hechos a los que se refiere el auto de procedimiento abreviado" que da por concluida la instrucción.

"Por lo tanto", concluye, se le ha ofrecido en este proceso la oportunidad de defenderse de todos y cada uno de los hechos aparentemente delictivos" que en el auto del juez Jerónimo Alonso "se le atribuyen, sin que se le haya causado indefensión en ningún momento".

Comentarios

Todo tuyo Pedrito!! Tienes los dias contados
Pedro, que es un adelantado para su tiempo, lo único que hizo fue aplicar el 155 el solito
Muchas ganas de verlo en la carcel.......
Y que va a decir el fiscal, se ha opuesto a que se aporten pruebas que luego se las ha tenido que tragar por imposición de la Audiencia Provincial, y eso pues le jode al sr. fiscal, pero ya veremos que pasa en el juicio. Muchos quieren la piel antes de cazar el oso, pero eso es complicado. LO que tiene que explicar alguien es como unos señores que no tienen permiso para vender agua, que el gobierno de Canaria ordenó el cese de la actividad, que el Diputado del Común hizo lo mismo, que sigan actualmente vendiendo agua de abasto sin tener licencia ni nada que lo autorice, y que la justicia se lo siga permitiendo...yo no entiendo nada

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