El Gobierno tendrá que valorar de nuevo el concurso

El TSJC ‘tumba’ la asignación de parques eólicos en Lanzarote por un recurso de Inalsa

Parque eólico de Los Valles.
M.R. 4 COMENTARIOS 18/12/2013 - 13:50

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha aceptado el recurso interpuesto por la empresa pública Insular de Aguas de Lanzarote (Inalsa) y ha anulado la asignación que hizo el Gobierno regional de cinco parques eólicos en la Isla.

La adjudicación se produjo en junio de 2009 y fue impugnada por Inalsa tras haberse quedado fuera del concurso. Ya en aquel entonces, la empresa pública advirtió que el Ejecutivo regional había cometido un error al excluir sus solicitudes alegando que los aerogeneradores no cumplirían la distancia mínima entre sí.

Ahora, el TSJC anula la orden del Gobierno canario que dio las autorizaciones para instalar 37 megavatios en Lanzarote a las empresas Gas Natural, Endesa y Sayago. Sin embargo, no acepta por completo el recurso de Inalsa, que quería que sentenciase su derecho a instalar parques eólicos.

De este modo, la sentencia establece que la Consejería regional de Industria tendrá que volver a evaluar los proyectos presentados para obtener potencia eólica. Además, el tribunal apunta “la posibilidad” que tiene el Gobierno “de rectificar los errores” de la convocatoria del concurso, por inducir a adjudicaciones equivocadas.

El origen del pleito se encuentra en que para medir la distancia entre aerogeneradores en los proyectos el Gobierno tenía en cuenta una medida menos precisa que la que planteó Inalsa, con lo cual el resultado que obtenía la Consejería regional de Industria al valorar su proyecto no casaba con la realidad del proyecto.

El tribunal destaca que los proyectos de Inalsa para parques eólicos fueron “indebidamente valorados por la existencia de un error virtual, de centímetros en la colocación de un aerogenerador”. Un “error que además se produce por una determinada lectura de las bases” del concurso que hizo el Gobierno.

“Parece excesivo que en tales circunstancias se produzca la exclusión del proyecto en lugar de requerir que la colocación de tal generador se desplace unos centímetros dentro de la parcela disponible”, considera el TSJC.

El TSJC entiende que la Consejería regional de Industria debió requerir a Inalsa que explicase con precisión su proyecto y aclarase los detalles en vez de apartarla del concurso, “aunque se hubiera detectado en el momento final de la evaluación”.

Comentarios

Pedazo de letrado el Calatayud!!!!
Pero si no fue Calatayud, fue otro abogado.
Habrá que saber cómo se hizo la elección de suelo para parques eólicos. Seguro que no son los adecuados, sino los convenientes a los intereses de algunos particulares. Compruébenlo.
ES QUE NO TIENEN VERGUENZA TANTO EL GOBIERNO DE CANARIAS COMO INALSA, POR UNOS CENTIMETROS HAN PERDIDOS TANTO TIEMPO, SON UNOS CASURROS Y UNOS TORPES, HAY QUE SER TOTOROTAS UNOS Y OTROS. POR FAVOR SEAMOS SERIOS Y SOBRE TODO RESPONSABLES. COMO SIEMPRE LOS PUTOS INTERESES DE ALGUNOS Y LOS MISMOS DE SIEMPRE. SON UNOS BATATAS. MARCHASE DE LAS INSTITUCIONES DE UNA VEZ YA. QUE LA JUSTICIA LOS PONGA EN SU SITIO, EN SUS CASAS Y QUE PAGUEN CON SUS PATRIMONIOS.

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