El TS libra a Arrecife de pagar 8,8 millones y confirma el uso público de 6.600 metros
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de la empresa Taguaro contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que le negó una indemnización de más de 8,8 millones de euros por una pieza de suelo en Valterra declarada de uso público en el Plan General de Arrecife que está vigente.
En el planeamiento municipal, la parcela de unos 6.638 metros cuadrados, ubicada en la Vía Medular, frente a la gasolinera, está destinada a uso público deportivo. A la empresa propietaria se le compensa en el sector de suelo urbanizable de Capellanía, junto al barrio de San Francisco Javier, para que los terrenos en Valterra pasen a manos del Ayuntamiento.
El TSJC avaló en una sentencia dictada en febrero del año pasado la ordenación establecida en el Plan General al considerar que tanto los terrenos en Valterra como los de Capellanía tenían la categoría de urbanizable y, por lo tanto, cabe obtener suelo público mediante su adscripción a otras bolsas de suelo pendientes de desarrollo urbanístico.
El Supremo resalta que ya el TSJC valoró las pruebas documentales y consideró que los terrenos de Valterra son “suelo urbanizable” y no urbano, “no concurriendo, en consecuencia, los requisitos que facultan para obtener su expropiación por ministerio de la Ley”.
Con anterioridad, la Comisión de Valoraciones de Canarias ya rechazó fijar un justiprecio sobre los terrenos. Del mismo modo, el informe de la Oficina Técnica municipal subraya que el suelo en Valterra “no reúne los requisitos para ser considerado como suelo urbano y, menos aún, consolidado”, como pretendía la citada empresa.
El Tribunal Supremo considera en su sentencia que es “incuestionable que el suelo, destinado a sistema general, se encuentra adscrito, junto con otros y como sistemas generales a compensar, al sector de Capellanía, con suelo clasificado de urbanizable y con sistema de ejecución privada”.
Además, rechaza que las conclusiones del TSJC fueran “arbitrarias o ilógicas”, como defendía la representación de la empresa. Al contrario, cuestiona la “deficiente técnica procesal de la asistencia letrada” de la empresa en su recurso sobre la situación urbanística de las parcelas.
Polémica en el nuevo Plan General
El nuevo Plan General de Ordenación, cuya aprobación inicial se remonta a agosto de 2014, reducía el uso público deportivo de la parcela en Valterra de más de 6.000 metros a poco más de 1.000 metros cuadrados.
En su momento, el equipo redactor de Gesplan trató de justificar la reducción de suelo de uso público ante la incertidumbre por la demanda millonaria interpuesta por la empresa propietaria, que ahora ha sido rechazada de manera firme por el Tribunal Supremo.
En los últimos contactos con los grupos políticos del Ayuntamiento, tras la polémica generada, el equipo redactor confirmó que se mantendría la obtención del suelo de Valterra por compensación, adscribiéndolo al sector de suelo urbanizable de Capellanía.
Comentarios
1 el verga Mar, 19/07/2016 - 14:40
2 Crisol Mar, 19/07/2016 - 16:44
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