Obliga a devolver 3.000 euros a dos clientes

Un Juzgado de Arrecife anula una compra de acciones de Bankia por dar información 'inveraz'

Carolina Peraza 2 COMENTARIOS 27/07/2015 - 07:36

El Juzgado de primera instancia número 1 de Arrecife ha dictado una sentencia en la que declara la nulidad del contrato por el que una pareja adquirió acciones de Bankia en julio de 2011, cuando salió a Bolsa.

La sentencia destaca que la “información” que dio Bankia en la oferta pública de venta de acciones “resultó incorrecta e inveraz en aspectos relevantes, dando apariencia de una solvencia que no se correspondía con la realidad de su situación financiera”.

Los demandantes, representados por el letrado David Monte López, interpusieron una demanda en contra de la entidad Bankia por no ser veraz la información narrada en el ‘folleto informativo’, que debe publicarse siempre que exista una oferta pública de valores.

Debido a esta información errónea aportada por Bankia, los clientes afectados decidieron hacer una compra de acciones, en la que invirtieron 3.000 euros, que de haber sabido la verdadera situación económica no habrían hecho.

Menos de un año después de la 'oferta pública de suscripción' de acciones de Bankia se aprobaron la cuentas anuales de 2011 auditadas de la entidad que arrojaban unas pérdidas por 3.031 millones de euros. Los accionistas minoristas vieron que el valor de las acciones, que habían comprado a un precio de dos euros por acción de valor nominal, se reducía a un céntimo.

Tras lo ocurrido los afectados presentaron una demanda en la que exigían la nulidad del contrato de suscripción de acciones. Ahora, el Juzgado de primera instancia número 1 de Arrecife les ha dado la razón y obliga a la entidad a devolver el dinero invertido en sus acciones más los intereses legales desde la fecha de compra.

En la sentencia se destaca que “las acciones se configuran como instrumentos de inversión regulados en la Ley de Mercado de Valores” y que “la normativa del mercado de capitales se estructura sobre un pilar básico, cual es la protección del inversor”, para lo que es es necesario el “principio de información”.

El Juzgado subraya que Bankia “acabó solicitando la intervención pública” y, por tanto, la situación financiera y las cuentas que presentó en su salida a Bolsa “no fueron reales” y “no reflejaban ni la imagen de solvencia publicada y divulgada, ni la situación económico financiera real, de ahí su incorrección e inveracidad”.

La sentencia resalta que Bankia apenas aportó en el procedimiento judicial dos informes elaborados en el seno de la causa penal que se instruye en la Audiencia Nacional, “que no aparecen suscritos por persona alguna”.

La caída de Bankia

A pesar de que el Banco de España ya en el año 2010 aventuraba una progresiva situación negativa de Bankia, en 2011 salió a Bolsa el 55 por ciento de la entidad a un precio de 3,75 euros por acción (dos euros de valor nominal y una prima de emisión de 1,75 euros), por el cual captó más de 3.000 millones de euros.

Los motivos de la salida a Bolsa de Bankia mediante la realización de una Oferta Pública de Suscripción (OPS) se justificaban en el folleto de emisión, donde explicaba la necesidad que existía de reforzar la estructura de recursos propios para cumplir con el plan, aprobado por el Gobierno de España, que obligaba a los bancos a crear una reserva de capital para defenderse ante cualquier posible problema.

Sin embargo, la información aportada a sus clientes minoristas no reflejaba la verdadera situación económica de la entidad. En mayo de 2012, el presidente de Bankia, Rodrigo Rato dimitía y la nueva dirección de la entidad reconocía unas pérdidas de más de 3.000 millones de euros, lo que llevó a las suspensión inmediata de la cotización de las acciones y a una inyección de 19.000 millones de euros para su recapitalización.

Comentarios

Añadir nuevo comentario