La sentencia es firme: Arrecife deberá pagar 20 millones por el solar frente a Ginory
El Ayuntamiento de Arrecife acaba de contratar al ex secretario municipal, Felipe Fernández Camero, para que siga defendiendo, o representando, los intereses municipales en el pleito del famoso solar frente a Ginory. De forma paralela, en otro procedimiento del caso Unión, es el Ayuntamiento el que, en lugar de contratarlo, le pide 16 años de cárcel como acusación particular por malversación de fondos, entre otros delitos, por participar en el amaño del contrato de Urbaser, que ha producido un grave quebranto económico.
En el pleito de Ginory también va a haber quebranto económico. De hecho, se va a convertir en el principal problema económico del Ayuntamiento de Arrecife en los próximos años. El pasado mes de julio, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias zanjaba definitivamente el pleito. Arrecife tiene que pagar veinte millones a los propietarios de ese solar. En concreto, tiene que pagar 20.012.266 euros a los herederos de Aurora Paloma Fúster, que falleció el pasado mes de septiembre en Madrid con casi noventa años y diez hijos, los Arrechea Fúster, que ya han asistido a alguna reunión con los responsables municipales y les han comunicado su deseo de cobrar esa cantidad y no cambiar el valor por una compensación en terrenos o en edificabilidad.
Fernández Camero, que no se da por vencido y va a presentar un nuevo incidente de nulidad (para eso ha sido contratado) que tiene muy pocas posibilidades, o ninguna, de salir adelante, ha estado siempre ligado a este procedimiento. El primer pleito que perdió fue en el año 2000. El Ayuntamiento, que había hecho un Plan General en 1994, consideraba que se trataba de suelo urbanizable y los propietarios decían que era urbano. Ganaron los propietarios, que entonces era la sociedad Litos Canarios, liquidada en 2009. Y volvieron a ganar en 2003. La Adaptación Básica del Plan ya contemplaba, en 2004, el suelo como urbano. Dos años después, en ejecución de sentencia, se dictó un auto para pedir, o bien una expropiación o un convenio urbanístico. Ese auto fue confirmado en 2008 y se opta por la expropiación.
Los propietarios solicitan una tasación al Jurado provincial de expropiación, que fija el valor en treinta millones, y después piden una nueva tasación, pero la jugada no les sale bien porque el precio baja hasta los veinte. No les salió bien por esa parte, porque resulta que el Ayuntamiento, en 2011, con Cándido Reguera como alcalde y Pedro de Armas como concejal de urbanismo, no recurre la tasación y acaba siendo firme. Desde entonces se produce una huida hacia adelante.
Curiosamente quien recurre es la propiedad porque los veinte millones les debieron parecer pocos, y por eso se alarga el procedimiento. También dan otro paso en falso, que es solicitar el bloqueo de los presupuestos del Ayuntamiento, ante la inactividad municipal, porque no se había contemplado el pago de los veinte millones. Ese pleito ya no se le encarga a Camero, y lo gana el Ayuntamiento.
Además se produce dentro de ese pleito otra circunstancia. El Ayuntamiento, hasta entonces, no había discutido la titularidad de la parcela, y resulta que logra demostrar que casi un tercio del suelo es de dominio público, ganado al mar, y por tanto sin propietario, y que la parcela es fruto de la unión de dos parcelas que no eran colindantes, una irregularidad difícil de explicar. En definitiva: los propietarios no son dueños de todo lo que dicen ser dueños. Pero esa cuestión no tiene efectos prácticos en el pleito principal, que ya estaba juzgado. Otra vez, lo que gana el Ayuntamiento es tiempo.
Camero había sido contratado de nuevo en 2011, después de ser detenido por el caso Unión en 2010, para el recurso por la tasación. Primero presentó un recurso de amparo, que no se admitió y después un incidente de nulidad que sí se admitió. De hecho, el TSJC redacta una nueva sentencia, el pasado mes de julio, hasta ahora desconocida, en la que aclara todo el proceso y que sigue sin ser favorable para Arrecife.
La última sentencia es clara: dice que condena al Ayuntamiento al pago del importe de 20.102.622,01 euros más los intereses y que el Ayuntamiento “nada ha opuesto”
Así, la última sentencia es clara. Dice que condena al Ayuntamiento al pago del importe de 20.102.622,01 euros más los intereses y que el Ayuntamiento “nada ha opuesto ni en el proceso de instancia ni en esta apelación, dado que el acuerdo del Jurado de expropiación fijando el justiprecio no fue recurrido por la Corporación municipal, como tampoco lo fue la sentencia que declaró el mismo ajustado a Derecho ni tampoco ha sido objeto de procedimiento de revisión alguno, y por ello es un acto firme y consentido y por tanto ejecutivo”.
El juez señala que la defensa del Ayuntamiento se ha dedicado a plantear cuestiones de forma indebida que debieron quedar excluidas del debate porque ya existía un acto firme, y que lo que debió hacer el Ayuntamiento es impugnar o ejecutar. Y añade que el Ayuntamiento no sólo no se opuso a la retasación sino que aceptó remitir su propia hoja de aprecio al Jurado provincial, lo que supone la aceptación de su procedencia, con lo que ya se habría subsanado un defecto formal que planteaba el propio Ayuntamiento.
Sin embargo, lo que hace el Ayuntamiento de nuevo, es contratar otra vez a Camero para que presente otro incidente de nulidad, en lugar de tomarse en serio el fallo y centrar todos sus esfuerzos en buscar de dónde sacar los fondos, o su valor en suelo, o en forzar una negociación con los propietarios.
Comentarios
1 Ribera del Charco Mié, 07/12/2016 - 07:49
2 Juan Carlos Mié, 07/12/2016 - 10:39
3 Marea Mié, 07/12/2016 - 12:47
4 Porteño Mié, 07/12/2016 - 16:14
5 Intereses legales Mié, 07/12/2016 - 19:39
6 Y luego el de e... Mié, 07/12/2016 - 20:21
7 Deuda por omisión Mié, 07/12/2016 - 20:36
8 Devuelvan los a... Mié, 07/12/2016 - 21:11
9 A propósito de Henry Mié, 07/12/2016 - 21:34
10 Juan Mié, 07/12/2016 - 21:49
11 ¿Que pasa en Ar... Mié, 07/12/2016 - 23:52
12 La Púnica Lun, 12/12/2016 - 21:10
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