La Audiencia rechaza por "mala fe" la recusación contra la jueza del caso Unión
La Audiencia Provincial de Las Palmas ha rechazado la recusación de la jueza del caso Unión, Silvia Muñoz, solicitada por la asociación de juristas Jiménez de Asúa, a la que impone una multa de mil euros por “mala fe” y la condena a pagar las costas del procedimiento.
La juez del caso Unión denegó la personación del citado colectivo, representado por el abogado Juan David García Pazos, en una de las piezas del caso de corrupción relacionada con la trama de cobro de comisiones ilegales en el Ayuntamiento de Arrecife.
El citado colectivo recusó a la jueza y ahora la Audiencia Provincia considera en un auto notificado este lunes que la recusación carece “del más mínimo fundamento” y que las causas que invoca “en algunos casos ni siquiera han sido debidamente desarrolladas”.
Para la Audiencia, “la única finalidad” de la recusación planteada por la asociación Jiménez de Asúa “ha sido el de tratar de apartar de la causa a la instructora para dilatar su tramitación”. Una dilación, añade, que “incluso se logra” con el “mero hecho” de plantear una recusación “sin fundamento”.
La Audiencia recuerda que el caso Unión cuenta con “más de sesenta mil folios” y que, aunque un juez ha sustituido a Silvia Muñoz mientras se resolvía la recusación, por el “tiempo de estudio” que requeriría “decidir cualquier incidencia” es muy complicado que el procedimiento avanzase.
Además, la Audiencia considera que la recusación ha sido una reacción del colectivo Jiménez de Asúa “a una decisión judicial que estima perjudicial contra sus intereses”, como fue la denegación de su personación en la causa.
Así, en vez de “acudir a los remedios procesales legales” para intentar personarse en el caso Unión, la asociación también ha intentado “apartar” a la juez instructora, que el colectivo “entiende, de forma subjetiva, poco afín a sus intereses”.
Por ello, añade la Audiencia, “la mala fe nos parece clara y suficientemente grave como para imponer una multa algo superior al mínimo legalmente previsto”.
¿Perder “imparcialidad” por “hacer su trabajo”?
La asociación Jiménez de Asúa acusó a la jueza de Unión de tener una “actitud hostil” contra el colectivo por rechazar, en septiembre pasado, su personación en una de las piezas del caso y la recusó con la excusa de que tenía “interés” en la causa, de carecer de la “debida imparcialidad” y de tener “enemistad manifiesta” hacia la asociación.
En cambio, la Audiencia desmonta los argumentos de la asociación y destaca que la acusación a la jueza de haber perdido su imparcialidad por haber dado por concluida la investigación de la pieza del caso Unión relativa al cobro de comisiones en Arrecife, antes de que la asociación se pudiera personar, “es tanto como decir que la instructora pierde su imparcialidad simplemente por hacer su trabajo”.
Además, la Audiencia echa en cara a la asociación que “si realmente quería intervenir” en el caso Unión como “acusación popular” ha dispuesto “de nada menos que casi ocho años”, desde que se inició la investigación, “para constituirse y personarse”.
La Audiencia, que resalta “la absoluta falta de fundamento de las causas” de recusación “invocadas” por la asociación, “que no pasan de ser meras alegaciones formales carentes de cualquier mínimo sustento en datos objetivos”, también destaca que si la instrucción no hubiera finalizado, como acordó la jueza Silvia Muñoz, “podría llegar a suponer” que las defensas de los imputados alegasen “dilaciones indebidas”.
Auto de la Audiencia Provincial
Comentarios
1 Soco Lun, 23/05/2016 - 18:23
2 Gimena Lun, 23/05/2016 - 19:16
3 Pikolin Lun, 23/05/2016 - 22:07
4 Investiguen ya Mar, 24/05/2016 - 07:42
5 Troya Mar, 24/05/2016 - 07:44
6 Colegio de Abogados Mar, 24/05/2016 - 08:16
7 Trump D Mié, 16/11/2016 - 23:00
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