El TS confirma 20 años de prisión para el condenado por abusar de sus hijas adoptivas
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 20 años de prisión que la Audiencia Provincial de las Palmas de Gran Canaria impuso a un padre por abusar sexualmente de sus dos hijas adoptivas cuando eran menores de edad en su domicilio de Arrecife.
El condenado F.B.G tendrá que pagar una indemnización de 60.000 euros a cada una de ellas por los daños morales causados a las niñas. La sentencia considera creíbles las declaraciones prestadas por las víctimas en el juicio, cuando ya eran mayores de edad, y rechaza la existencia de motivos espurios que vicien la verosimilitud de sus testimonios.
El Supremo también niega la existencia de contradicciones entre las distintas versiones aportadas a lo largo del procedimiento. En este sentido, subraya la sentencia, son mínimas e irrelevantes y su relato es detallado, además de contundente, y se refuerza entre sí.
Además de dichas declaraciones, la Sala de lo Penal del Supremo valora como pruebas los testimonios aportados por los testigos sobre aspectos relevantes. Así, la madre corroboró el testimonio de las niñas al relatar un episodio en la habitación de éstas a donde acudió al tener un mal presentimiento después de oír "no" en diversas ocasiones.
Del mismo modo, se ha tenido en cuenta el testimonio de una amiga de la hija menor que la animó a denunciar y otra amiga de la hija mayor a quien desveló que el abusador era su padre y las pruebas psicológicas que concluyen que ambas sufren un trastorno de estrés postraumático.
La sentencia concluye que debido al carácter continuado de los hechos y a su reiteración durante más de diez años, la pena de diez años de prisión por cada delito continuado de abusos sexuales está plenamente justificada porque se realizaron abusos reiterados sobre dos menores de 12 años, que legalmente se consideran como no consentidos, con acceso carnal por parte de un ascendiente.
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