El presidente asegura que la anulación de la recusación a Díaz 'no tiene consecuencias'
El presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, ha asegurado que la sentencia del Juzgado de lo contencioso número dos que anula la aceptación por parte de la Corporación insular de una recusación al ex director de la Oficina del Plan Insular, Leopoldo Díaz, “no tiene ninguna consecuencia práctica” para la institución “y es por ello que ni siquiera ha sido recurrida por los servicios jurídicos del Cabildo”.
El Juzgado de lo contencioso número dos ha anulado una resolución del presidente, de octubre de 2010, en la que aceptó la recusación al funcionario planteada por la empresa Urena Mountain en la fase de elaboración de un informe de compatibilidad con el Plan Insular de un proyecto hotelero que tiene la compañía en la urbanización Montaña Roja, que fue anulado por los tribunales y que no se llegó a construir.
La recusación de la empresa se basó en la anterior pertenencia de Leopoldo Díaz al Patronato de la Fundación César Manrique (FCM), que había sido, junto al Cabildo, la institución que había recurrido ante la Justicia la licencia del hotel.
En un comunicado, el presidente señala que “solo una semana después de la resolución de Presidencia de 22 de octubre”, por la que se aceptó la recusación, “fue el propio Juzgado competente para resolver el fondo de la cuestión, el que notificó al Cabildo que el técnico en cuestión debía ser apartado de la emisión de dichos informes”.
San Ginés señala que se decidió “apartar” al jurista “de la emisión de estos informes por un principio de prudencia y seguridad jurídica”. En ese sentido, subraya que el Juzgado de lo contencioso número tres había aceptado, tres días antes de su resolución, que los informes de compatibilidad de Urena Mountain “fueran suscritos por otros técnicos”, aunque la decisión del Juzgado se conoció “el 29 de octubre”.
“Si bien es cierto que un Juzgado distinto del que debía resolver el fondo de la cuestión, ha anulado esta resolución de Presidencia por no compartir el principio de prudencia y seguridad jurídica aludida, el Juzgado que debía resolver la cuestión, vino a corroborar que el principio de prudencia y toma de decisión del presidente fue acertado”, considera San Ginés.
Así, el presidente destaca que el Juzgado de lo contencioso número tres ordenó “que fuese un técnico distinto” a Leopoldo Díaz “el que emitiese dichos informes” de compatibilidad con el Plan Insular, algo cosa que “estaba obligado a acatar, tal y como acredita el informe del secretario del Cabido, emitido a tales efectos con fecha 29 de noviembre”.
En el informe del secretario se dice que "es de obligado cumplimiento para esa Presidencia el mandato de la resolución del Juzgado de lo contencioso administrativo número tres”, debiendo “encargar la redacción del informe técnico solicitado a técnicos distintos” a Leopoldo Díaz y Esteban Armas, este último ya jubilado.
Desde el Cabildo se asegura que “no se apartó” a Díaz “de todos los informes sino solo de ese expediente”, en el que se aceptó la recusación planteada por la compañía Urena Mountain.
Anulación del Plan Territorial Turístico
“Conviene recordar igualmente”, expone San Ginés, “que el principio de prudencia venía motivado en que el mismo” Juzgado “ya había en su día anulado la adjudicación del Plan Territorial Especial de Ordenación Turística” al equipo del urbanista Fernando Prats, redactor del Plan Insular de 1991 y de la moratoria. Una adjudicación “que contó en su momento con informe de Leopoldo Díaz” y que se anuló, apostilla San Ginés, “por entender el Juzgado que existían vínculos entre este técnico, el adjudicatario y la FCM”.
“Además de esto”, añade San Ginés, “un auto del Juzgado de julio de 2010, que resolvía un recurso presentado por la FCM ante la anulación de aquel contrato, afirma literalmente que ‘los técnicos aludidos por la sentencia firme dictada en presentes autos, han utilizado su posición en el Cabildo y en la FCM para generar artificiosamente una nueva ocasión procesal con la que volver a plantear ante el Juzgado y ante esa Sala una cuestión que ya ha sido resuelta; haciendo incurrir a la Presidencia de la Primera Corporación insular”, ostentada entonces por Manuela Armas, “en desviación de poder”.
Desde la Presidencia del Cabildo se indica en el comunicado que “también la Corporación recurrió el auto de anulación del contrato” del Plan Territorial Especial de Ordenación Turística “en primera instancia y en absoluto se achaca malintencionalidad alguna al recurso presentado por la FCM”, “pero lo cierto es que este fue el resultado de dicho recurso”.
Comentarios
1 Palanganero Vie, 29/01/2016 - 07:11
2 Tú sigue así Vie, 29/01/2016 - 08:53
3 Zonzamas Vie, 29/01/2016 - 09:46
4 III Vie, 29/01/2016 - 12:40
5 trass Vie, 29/01/2016 - 15:15
6 Torpedo Vie, 29/01/2016 - 19:30
7 Orgullo canario Vie, 29/01/2016 - 23:50
Añadir nuevo comentario